De conformidad con el art. 1055 del C.C. la ley faculta a las personas hábiles y capaces para disponer de todo o de una parte de sus bienes para que tenga pleno efecto después de sus días y al consagrarlo como un acto o declaración de voluntad del testador, para que sea plenamente válida y eficaz ante el derecho se exige la concurrencia de unos requisitos. Tales requisitos son de tres clases: Unos internos y otros externos, y los que dicen relación con las disposiciones testamentarias en sí mismas.
Los primeros hacen relación a la capacidad, es decir, a la aptitud legal del testador y a la perfección de su voluntad exenta de vicios, el objeto lícito, la causa lícita y la legitimación testamentaria, Art. 1061, 1062, 1063.
Los invito a ver el siguiente video, el cual nos ilustra sobre la normatividad referente a las Herencias en Colombia.
Herencia en Colombia
Información obtenida del Código Civil Colombiano
muy bueno la informacion, me queda claro como podemos hacer que se valide un testamento, es muy claro y consiso.
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